Desde hace unas semanas ya es posible realizar la Declaración de la Renta de forma telemática.
Todos los años hay una pregunta que os repetís todos los propietarios, ¿es posible desgravar la hipoteca?
Si aún no la habéis presentado, os contamos qué condiciones debeís cumplir para poder aplicar esta deducción en el ejercicio 2021.
Los 3 requisitos para desgravar la hipoteca
Si leemos la propia página web de la Agencia Tributaria, la deducción por inversión en vivienda habitual no está vigente desde el 1 de enero de 2013.
Por tanto, si formalizasteis la hipoteca antes de dicha fecha tendréis opción a desgravar la hipoteca siempre y cuando cumpláis estos requisitos:
- Haber adquirido la vivienda antes del 1 de enero de 2013.
- Haber aplicado la deducción para desgravar la hipoteca en el ejercicio de 2012 o previos a este.
- El inmueble deber ser la vivienda habitual. No es posible deducir segundas residencias. Además, la hipoteca debe estar íntegramente destinada a la adquisición de la vivienda.
Pero…, existen excepciones por las que sí tendrías derecho a incorporar la hipoteca en la declaración de la Renta:
- Haber pagado cantidades económicas para la construcción de la vivienda antes de 2013.
- Excepciones autonómicas. En el País Vasco sigue vigente la desgravación de la hipoteca en la declaración del IRPF, independientemente de la fecha de compra, aunque existen variaciones en función de la provincia. En el caso de Navarra, aunque ya no existe la bonificación, si comprasteis la vivienda habitual antes del 1 de enero de 2018 podríais aplicar la desgravación.
Y… ¿Cuánto dinero podéis desgravaros?
Aquellos contribuyentes que cumpláis las condiciones anteriores podréis desgravaros parte de la hipoteca.
La base máxima de la deducción es de 9.040 euros por contribuyente y ejercicio; sobre dicho importe os podréis desgravar hasta un 15% (un 7,5% en el tramo estatal y otro 7,5% en el autonómico).
De este modo, la máxima cuantía que os podréis desgravar de una hipoteca es de 1.356 euros. Sin embargo, si la hipoteca está a nombre de dos titulares y hacéis la declaración de la renta individualmente, el importe se duplica.
Pero no solo podréis deducir la hipoteca, también se añaden otros gastos que hayan corrido a vuestro cargo a la hora de comprar una vivienda. Estos son algunos de ellos:
- Las propias cuotas del préstamo: las mensualidades
- La comisión de apertura de la hipoteca
- Los gastos de la escritura y de constitución del crédito: tasación, notaría, gestoría…
- Los gastos de cancelación de la hipoteca.
Si no es vuestro caso, pero estáis pensando en obtener una hipoteca, recordad que en SIEMPRE+ estaremos encantados de resolver vuestras dudas y ayudaros a conseguir el hogar que siempre habíais soñado.